Qué hacer si el propietario no quiere devolverte la fianza del alquiler

En un alquiler, la fianza es un depósito obligatorio que sirve de garantía al propietario ante posibles impagos por parte del inquilino o a desperfectos que se puedan producir en el inmueble. Según la ley, la fianza se debe pagar en metálico y en una cantidad equivalente a una mensualidad, o a dos si el arrendamiento es para un uso distinto al de vivienda. Pero, ¿y si el propietario no quiere devolver la fianza cuando acabe el alquiler?

«todo propietario que retiene una fianza tiene que demostrar mediante facturas que ha destinado parte del dinero a arreglar roturas causadas por el inquilino, aunque ojo, porque no le podrá imputar los desperfectos que estén relacionados con la vida útil y el uso de la vivienda».

La fianza se debe devolver una vez que se ha revisado el estado de conservación de la vivienda para comprobar si existe algún deterioro o desperfecto tanto en el contenido (muebles, electrodomésticos…) o en el continente y que corresponda pagar al arrendatario.

Pero si hubiera desacuerdos en ambas partes, los expertos recomiendan hablar con el propietario para intentar arreglar la situación antes de acudir a los tribunales, que debería ser la última instancia.

Es importante que cuando se entregan las llaves, se firme un documento por ambas partes en el que se haga constar que no hay daños en la vivienda o el mobiliario tras la revisión por parte del propietario.

Si aún así el propietario sigue en sus trece, hay que enviar un burofax al casero con la advertencia de que si no devuelve el dinero, se ejercitarán acciones legales. No es una simple amenaza: este documento deja constancia de la reclamación de la fianza.

Si esto tampoco da resultado, es cuando el inquilino deba plantearse acudir a los tribunales. En el juicio, el arrendador puede alegar que el inquilino produjo desperfectos, pero para evitarlo es conveniente tomar algunas precauciones: al entrar a la casa, revisar todas las condiciones e informar vía burofax de estos daños. También hacer fotos de esos desperfectos y que en la foto se vea la fecha digitalizada. Esas fotos deberían adjuntarse al contrato.

Otro consejo: al irnos, visitar la vivienda junto al arrendador y comprobar que está en perfectas condiciones, suscribiendo un documento que lo atestigüe. Si el arrendador no quiere, podemos recurrir a fotos del estado de la vivienda cuando la dejamos, también con la fecha. Sería ideal también contar con testigos.

Por último, hay que recordar que la fianza debe ser depositada en la Comunidad Autónoma correspondiente.

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Art. Fuente : mundojuridico.com