El TJUE declara nula la comisión de apertura de los préstamos hipotecarios

Tras la sentencia del 27 de octubre del 2020, la Audiencia Provincial de Valencia, ha anulado la comisión de apertura de los préstamos hipotecarios, pagados por los clientes, en sus hipotecas

Comisión de apertura abusiva: Servicio no prestado por el banco

El TJUE dictaminó que los bancos solo podían cobrar comisión de apertura si acreditaban, que servicio habían prestado al cliente, para ese cobro o qué gasto habían tenido.

Esa comisión no se justificaba con el propio servicio bancario de estudio y preparación de hipoteca, lo cual se considera inherente a la propia actividad del banco.

Como, en la práctica, la gran mayoría de bancos, cobraban la comisión de apertura de manera automática, sin prestar servicio alguno adicional al cliente, el TJUE considera esa comisión abusiva, que debe ser devuelta al cliente más intereses.

¿Qué debo hacer para recuperar mi comisión de apertura?

Para poder recuperar la comisión de apertura pagada al banco cuando firmaste la hipoteca, hay que presentar una demanda, con abogado, en el Juzgado.

En esa demanda, aparte de la comisión de apertura, se pueden reclamar otras cláusulas abusivas como los gastos de hipoteca y las cantidades a las que correspondan por clausula suelo.

Esta ultima es posible reclamar a pesar que el cliente hubiese firmado un acuerdo de renuncia a reclamar por clausula suelo con el banco ya que, el pasado 6 de noviembre de 2020, el Tribunal Supremo, declaró, esas renuncias, nulas, teniendo, el cliente, derecho a reclamar.

¿Dónde reclamar los gastos hipotecarios?

¡Recupera los gastos de comisión de apertura de tu hipoteca! Tras la sentencia del Tribunal Supremo, los consumidores tienen derecho a recuperar los gastos de apertura abusivos. En Rubio Abogados evaluamos tu caso sin compromiso. ¡Infórmate YA! Llámanos 676 400 517963 660 361