Desheredar a hijos tras el confinamiento

Durante los últimos meses, hemos notado un incremento en las consultas para hacer testamentos y, en algunos casos, desheredar a los herederos forzosos, todo ello como consecuencia de la crítica situación que estamos atravesando debido al COVID-19. Cuando la gente ve la muerte de cerca, se toman decisiones que uno nunca se había planteado.

En buena parte, se debe esa crecida en el dato en cuestión a la situación de padres mayores que se han visto decepcionados por el abandono de sus hijos y que han visto que, en esta situación excepcional, no han sido debidamente atendidos por sus familiares.

Una de las principales consultas que recibimos es si se puede desheredar a un hijo libremente o si existen limitaciones legales

La ley reconoce que se puede privar de una parte de la herencia a un heredero forzoso. El texto menciona como posibles causas reconocidas para desheredar a un hijo el haberle negado la alimentación o haberlo maltratado física o psicológicamente. Precisan que cada vez más padres que consultan con el notario sobre esta opción cuando entienden que solo uno de los hijos se ha ocupado de manera efectiva de ellos.

En el caso de la herencia de descendiente a ascendiente, la ley también contempla que se puede desheredar a los progenitores si han abandonado, prostituido o corrompido a los hijos; si han perdido la patria potestad por sentencia; si les han negado la manutención o si uno de los padres ha atentado contra la vida del otro.

Por «la seguridad jurídica que aporta» y «los problemas que evita» los notarios recomiendan hacer testamento.

Un aspecto importante es que se puede anular o revertir una desheredación. Antes del fallecimiento, el causante puede modificar el testamento, siendo determinante la reconciliación entre ofendido y ofensor. Por otra parte, una vez fallecido el causante, se puede impugnar el testamento acreditando que no concurren los requisitos para ser desheredado. En ese caso, la decisión final corresponderá a un juez. Si se estima que no concurre causa de desheredación, el heredero tendrá derecho a la legítima estricta.

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